La empresa instaladora deberá
comunicar la estrenada instalación eléctrica de baja tension una vez hayan finalizado
las obras, realizadas las verificaciones oportunas, aprobada la inspección
inicial y antes de la puesta en servicio. Se notificarán estas comunicaciones
ante el Servicio Provincial o a través de los Organismos de Control presentando
un formulario junto con la documentación requerida y pagando la correspondiente
tasa.
A continuación, el
titular de la instalación de baja
tension se dirigirá a la empresa suministradora de energía eléctrica para
formalizar el contrato de suministro, entregando una copia del certificado de
la instalación ejecutado por el Servicio Provincial o por el Organismo de
Control que le habrá entregado la empresa instaladora previamente. El
suministro provisional de energía eléctrica se puede establecer si se cumplen
los siguientes requisitos:
1.
La empresa instaladora o el técnico competente
como director de obra de la instalación de baja
tension puede solicitar al correspondiente Servicio Provincial el
suministro provisional de energía eléctrica, justificando dichas
circunstancias, adjuntando un certificado de instalación o de dirección de obra
y exponiendo las garantías para la defensa de la seguridad de las personas y
bienes.
2.
En la solicitud deberá constar como mínimo: fecha
de la solicitud, solicitante, titular de la instalación, emplazamiento de la
instalación, motivo de la instalación, tipificación de uso de la instalación,
potencia ampliada si fuera el caso, potencia final instalada, potencia máxima
admisible y empresa suministradora de electricidad.
3.
El Servicio Provincial podrá consentir a través
de resolución originada el suministro provisional para instalaciones eléctricas
de baja tension para atender las
necesidades solicitadas a la vista de la documentación presentada.
4.
El periodo de validez de la autorización para el
suministro provisional será como máximo de un mes contando a partir de la
conexión ejecutada por la empresa suministradora de energía eléctrica. Una vez
transcurrido dicho periodo, la empresa suministradora procederá a desconectar
el suministro provisional.
La ausencia de resolución tendrá efecto desestimatorio
para la petición de suministro provisional de energía eléctrica en
instalaciones de baja tensión en el
plazo de tres meses
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